Finanzas Estructuradas

Fitch confirmó calificaciones de los Galtrust II y V

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Fitch Argentina confirmó las calificaciones de los Títulos de Deuda (TD) y Certificados de Participación (CP) de los Fideicomisos Financieros Galtrust II y Galtrust V – Letras Hipotecarias en las siguientes categorías: -Fideicomiso Financiero Galtrust II – Letras Hipotecarias(*) TD por VN original $ 45.000.000 – Categoría B(arg) CP por VN original $ 16.191.493 – Categoría CC(arg) -Fideicomiso Financiero Galtrust V – Letras Hipotecarias(*) CP por VN original $ 15.573.377 – Categoría CC(arg) (*) Los montos corresponden al valor nominal al momento de la emisión Cabe aclarar que los TD emitidos por VN original $ 42.000.000 bajo el Fideicomiso Financiero Galtrust V fueron completamente amortizados el 11.02.08 de acuerdo a los términos y condiciones en el marco del decreto del PEN 214/2002 y normas complementarias y modificatorias. Los tenedores de los TD por unanimidad aceptaron la pesificación y cobraron los servicios de capital e interés bajo las nuevas condiciones sin reclamo alguno. Las calificaciones se basan en la evolución de las cobranzas y de los ratios de cumplimiento de las carteras securitizadas durante el año 2007 y comienzos de 2008. La moneda original de las carteras de créditos hipotecarios titulizados y de los TD y CP emitidos era dólares, y fueron “pesificados” de acuerdo a la Ley 25.561 y Decreto 214/02. Adicionalmente, el Estado ha impuesto que el capital de las obligaciones “pesificadas” sea actualizado por CER o CVS según corresponda. Como consecuencia de que el CER y el CVS usan como base de cálculo dos índices distintos, que el comienzo de su aplicación también se encuentra desfasada y que se dispuso la eliminación del CVS a partir del valor informado para el 30-04-2004, se ha abierto una brecha entre ambos y se estima que la misma comenzará a ampliarse en relación directa con la inflación que se registre. En función de los acontecimientos mencionados, Fitch Argentina ha enfatizado el análisis de las emisiones en el Flujo de Caja generado por el subyacente y la medida en que dichos flujos resultan suficientes para el repago de los instrumentos emitidos. Sin embargo, en caso que la Justicia falle declarando inconstitucional la “pesificación” de los títulos y/o cualquier otra situación que afecte los derechos de los inversores, Fitch Argentina revisará las calificaciones bajo las nuevas condiciones que se establezcan. Los informes podrán ser consultados en nuestra página web www.fitchratings.com.ar. Contactos: Cintia Defranceschi: +54 11 5235 8143 - cintia.defranceschi@fitchratings.com. Mauro Chiarini: +54 11 5235 8140 - mauro.chiarini@fitchratings.com.